La Sindicatura de Cuentas tiene como función principal el examen de la actividad económica, financiera y contable del sector público de las Islas Baleares. Además, puede tener función consultiva en relación con los criterios a aplicar a los supuestos determinados de su función fiscalizadora.
La iniciativa del procedimiento corresponde al Parlamento de las Islas Baleares, en pleno o mediante la comisión que tenga competencias en materia de Hacienda y Presupuestos, que podrá requerir el asesoramiento de la Sindicatura de Cuentas respecto a determinados supuestos relacionados con sus competencias.
Además, los integrantes del sector público de las Islas Baleares, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de los miembros de su órgano colegiado superior, podrán instar al Parlamento para que, por acuerdo de la comisión competente en materia de Hacienda y Presupuestos, solicite a la Sindicatura que establezca los criterios aplicables a supuestos determinados de su función fiscalizadora.
El Síndico Mayor, previo informe del Servicio Jurídico, elevará las solicitudes al Consejo de la Sindicatura a fin de que se pronuncie sobre su procedencia y determine el área o las áreas que deberán encargarse del estudio y la redacción del proyecto de dictamen.
Una vez redactado el proyecto de dictamen, el Síndico correspondiente lo elevará al Consejo para su aprobación.